Convenio Multilateral IIBB Provincia de Buenos Aires

Enviado por Intranet el Jue, 20/08/2020 - 19:33

En vista de que la Pcia. de Buenos Aires sigue insistiendo en la aplicación del Art. 11 del Convenio Multilateral para las operaciones de consignación de granos, reiteramos el informe de la Comisión de Impuestos de la Federación de Acopiadores,  de marzo de 2019 donde se detallan los principales argumentos a tener en cuenta para fundamentar la imposibilidad de aplicar el Art. 11 del correspondiente convenio y consecuentemente, la ratificación del principio doctrinario que recomienda la aplicación del Art.