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Contribuyentes vencen el miedo

Duro fallo contra la AFIP y van por Echegaray

Productores agropecuarios de Junin reclamaron judicialmente la devolución de dinero propio, generado por su actividad productiva, que se encontraba retenido por la AFIP habiendo vencido el plazo para su depósito. Se trata de un impuesto que se aplica a la compra venta de granos y legumbres secas pertenecientes a las Operaciones Primeras Sujetas a devolución y en relación al Impuesto al Valor Agregado. Ellos, ahora, evalúan interponer una denuncia penal por defraudación contra el titular de la agencia recaudadora federal, Ricardo Echegaray. Aquí la crónica del director del diario La Verdad, de Junin:
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Urgente24.com
Por Omar Bello.- Consultado por el diario La Verdad el Dr. Darío de Ciervo aseguró: “Sin perjuicio del fallo positivo y elogiable del Juez Federal Plou, hay que aclarar que por estos y otros casos que se van agregando a los ya decididos, el manejo del dinero propiedad de los productores agropecuarios no tiene nada que ver con la Agencia Junín, y obviamente se procesa en sede central del organismo recaudador, por lo que estamos evaluando la posibilidad de interponer denuncia penal por defraudación contra el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
Por razones obvias no es fácil actuar judicialmente contra la AFIP. El temor que genera este organismo suele paralizar cualquier demanda.
         
Sin embargo, a medida que crece nuestra conciencia fiscal, también aumenta la seguridad de los contribuyentes y su creencia de que, cuando se trata de algo justo, hay que reclamar a pesar del “susto”.
           
Una sociedad que paga (y mucho) es merecedora de respeto, y los antiguos temores van desapareciendo.
           
Está muy bien que respetemos, y al mismo tiempo es lógico que nos hagamos respetar como lo haríamos frente a toda institución que, según nuestro punto de vista, comete una injusticia que debe ser reparada.
 
Más allá del tema en sí (veremos en qué consiste más adelante) resulta notoria la actitud del Juez Federal de Junín Héctor Pedro Plou, quien humano al fin, seguro pensó en las consecuencias que esta dura sentencia podría acarrearle.
           
A pesar de eso se “jugó” con un fallo inédito en el país y, de acuerdo a los fundamentos, muy bien sustentado desde el punto de vista técnico y legal.
          
Idéntico razonamiento le cabe al doctor Darío de Ciervo que no tuvo temor de involucrarse en estas demandas (varios abogados juninenses dijeron “no”).
 
El reclamo de los productores
Productores agropecuarios de la zona reclamaron judicialmente la devolución de dinero propio, generado por su actividad productiva, que se encontraba retenido por la AFIP habiendo vencido el plazo para su depósito.
 
Se trata de un impuesto que se aplica a la compra venta de granos y legumbres secas pertenecientes a las Operaciones Primeras Sujetas a devolución y en relación al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
 
La mayoría de estas operaciones se concretan a través de contratos de compraventa de granos.
             
El régimen surge de la Resolución General 2300 creada por la propia AFIP, y con ello se pueden computar como pagos a cuenta de Declaraciones Juradas mensuales del IVA, y si se producen saldos a favor del contribuyente debe cumplirse el régimen de reintegro sistemático.
 
Durísimo fallo
Según fuentes consultadas el fallo de Plou no sólo merece ser destacado sino que provocó una verdadera conmoción a nivel nacional. “Gratifica la independencia de este juez”, señaló un alto funcionario judicial porteño.
           
Ante la presentación del Dr. Darío de Ciervo (también actuó el Dr. Hernán Guibelalde), la AFIP cumplió con todos los pagos atrasados pero igualmente siguió discutiendo por la aplicación de los intereses y los gastos del juicio.
Algunos de los párrafos del fallo:
 
“La Administración, en un Estado de Derecho, está sujeta al principio de legalidad, más allá de los fines de interés público que se persiga… No puede dejar de conducirse con absoluto respeto a los principios y normas que conforman su actuación…”
 
“Pocas dudas caben acerca del derecho del actor a recibir las sumas que le son retenidas dentro de los términos fijados por la propia norma administrativa…”.
 
“La AFIP procedió a depositar en la cuenta del actor…, para hacerlo demoró un año y medio… argumentó a modo de explicación de la demora diciendo que obedeció a la existencia de un procedimiento interno de investigación y recopilación de información y cruces… La demora FUE CONSECUENCIA DE CUESTIONES ADMINISTRATIVAS Y/O FINANCIERAS.
 
“…Claro que las cuestiones DESAPARECIERON AL TOMAR CONOCIMIENTO DE LA ACCIÓN… HAY MULTIPLES RAZONES PARA SOSTENER QUE LA EXPLICACION BRINDADA NO PUEDE SER ACEPTADA COMO VALIDA…”.
 
El Dr. Plou condenó a la AFIP a pagar además los intereses por la demora en dichos reintegros, aplicándose el mismo interés que AFIP aplica a sus contribuyentes y todos los gastos del juicio.
 
De Ciervo y Echegaray
Consultado el Dr. Darío de Ciervo aseguró :
“Sin perjuicio del fallo positivo y elogiable del Juez Federal Plou, hay que aclarar que por estos y otros casos que se van agregando a los ya decididos, el manejo del dinero propiedad de los productores agropecuarios no tiene nada que ver con la Agencia Junín, y obviamente se procesa en sede central del organismo recaudador, por lo que estamos evaluando la posibilidad de interponer denuncia penal por defraudación contra el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
 
Esto se definirá en los próximos días, pues aquí hay una evidente especulación con la inquietud que se genera en los contribuyentes que en muchos casos, los paraliza y los inhibe de reclamar por su dinero, pero que analizadas las distintas situaciones, estas retenciones no devueltas a tiempo y forma no hallan justificación alguna atendible, y aparecen como intencionales, y por tanto, indebidas, cuestiones estas, reitero, que se definirán a la brevedad”.
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