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El Gobierno agiliza procedimientos para la exportación de carne a la UE
La modificación facilita las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de las reses, acorde con normativa de la UE.
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Agrofy News
El Gobierno dispuso la simplificación de trámites que permitirán agilizar los procedimientos de exportación de carne a la Unión Europea.
La modificación facilita las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de las reses, acorde con las prácticas de bienestar animal.
“Desde un primer momento nos comprometimos a hacer tramites más simples y a agilizar los procedimientos para todos los productores, eliminando costos adicionales que el sistema anterior generaba”, puntualizó el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile.
La normativa dispone que el productor deberá realizar el despacho de los animales conforme con las exigencias del mercado europeo, previa tramitación de la documentación correspondiente.
Entre éstas, se establece que la revisación clínica de la res deberá realizarse únicamente en el establecimiento faenador, tal como indica la normativa de la UE.
¿QUÉ DICE LA NUEVA RESOLUCIÓN?
La resolución determina que el productor, responsable del ganado, deberá completar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) con las caravanas de identificación aplicadas a esos animales.
Además, deberá presentar la Declaración Jurada y gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), en que deberá registrar obligatoriamente la numeración de los precintos con los que se sellará el transporte tras completar su carga en el establecimiento proveedor.
La copia de la documentación, que deberá permanecer archivada por el término de tres años, puede ser tramitada en la Oficina del SENASA de la jurisdicción del campo proveedor o mediante el sistema de autogestión.
Los productores pueden solicitar los precintos en la Oficina del SENASA o ser validados cuando se registran en el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).
El Ministerio de Agroindustria y el SENASA establecieron el nuevo procedimiento a través de la Resolución 549/2016, publicada en el Boletín Oficial.
La modificación facilita las tareas de embarque y acorta los tiempos de encierre de las reses, acorde con las prácticas de bienestar animal.
“Desde un primer momento nos comprometimos a hacer tramites más simples y a agilizar los procedimientos para todos los productores, eliminando costos adicionales que el sistema anterior generaba”, puntualizó el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile.
La normativa dispone que el productor deberá realizar el despacho de los animales conforme con las exigencias del mercado europeo, previa tramitación de la documentación correspondiente.
Entre éstas, se establece que la revisación clínica de la res deberá realizarse únicamente en el establecimiento faenador, tal como indica la normativa de la UE.
¿QUÉ DICE LA NUEVA RESOLUCIÓN?
La resolución determina que el productor, responsable del ganado, deberá completar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) con las caravanas de identificación aplicadas a esos animales.
Además, deberá presentar la Declaración Jurada y gestionar el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e), en que deberá registrar obligatoriamente la numeración de los precintos con los que se sellará el transporte tras completar su carga en el establecimiento proveedor.
La copia de la documentación, que deberá permanecer archivada por el término de tres años, puede ser tramitada en la Oficina del SENASA de la jurisdicción del campo proveedor o mediante el sistema de autogestión.
Los productores pueden solicitar los precintos en la Oficina del SENASA o ser validados cuando se registran en el Documento de Tránsito Electrónico (DT-e).
El Ministerio de Agroindustria y el SENASA establecieron el nuevo procedimiento a través de la Resolución 549/2016, publicada en el Boletín Oficial.
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Acopio News
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