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La normativa se publicó hoy en el Boletín Oficial

Cambiemos: el gobierno discriminó a las Pymes agropecuarias en la determinación de criterios para acceder a reintegros de servicios profesionales

Las autoridades del Ministerio de Producción –organismo presidido por Francisco Cabrera– optaron por discriminar a las Pymes agropecuarias al momento de establecer los criterios para acceder a los beneficios del “Programa de apoyo a la competitividad para micro, pequeñas y medianas empresas”.
 
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El programa establece reintegros de hasta un 80% (con un máximo de 4000.000 pesos por empresa) para servicios profesionales y de capacitación instrumentados por Pymes (entre los cuales se pueden incluir –por ejemplo– certificaciones de procesos, consultoría en seguridad laboral, gestión ambiental o implementación de redes informáticas).
 
La resolución 200-E/16 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa –publicada hoy lunes en el Boletín Oficial– establece que serán considerados elegibles aquellos proyectos “que se orienten a mejorar la competitividad de las empresas y en particular aquellos que califiquen con un mínimo de 60 puntos”.
 
Para eso se establece una tabla que determina que los proyectos presentados por Pymes industriales serán categorizados con 40 puntos, mientras que los provenientes de Pymes de los sectores servicios y comercio se les asignará 30 puntos. Por su parte, a los presentados por Pymes del agro, minería y construcción les corresponde sólo 10 puntos.
 
Las pequeñas y medianas empresas “tramo I” (se excluye a las “tramo II”) sólo podrán presentarse a la convocatoria –abierta a partir de hoy lunes– en caso de contar con al menos dos años de actividad verificable, estar libres de deudas ante la Afip, tener mayoría de capital de origen argentino y que “sean importadoras cuya facturación de bienes importados supere el 25% de la facturación total” (sic). Para inscribirse las Pymes deben ingresar aquí.
 
La normativa vigente indica que, en el rubro agropecuario, las micro empresas son aquellas que tienen una facturación de hasta 2,0 millones de pesos por año, mientras que las pequeñas y medianas tramo I y tramo II tienen un tope de 13, 100 y 160 millones de pesos respectivamente.
 
Para calcular el monto de facturación total se considera el resultante de los tres últimos ejercicios comerciales o fiscales, para lo cual debe excluirse de dicho cálculo el IVA, impuestos internos y hasta el 50% del monto de exportaciones.
 
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