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Vencimientos

Mirá los vencimientos a tener en cuenta en agosto

Antes de finalizar el mes de agosto, se producirán algunos vencimientos importantes que afectarán a distintos contribuyentes.
 
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Agrofy News
Por Alejandro Larroude (Barrero & Larroudé- Agrofy News).- Según la resolución 149/2016 del pasado 12 de mayo emitida por el Instituto Nacional de Semillas (INASE), ente adscrito al Ministerio de Agroindustria, el “Registro de Usuarios de Semillas de Soja y Trigo” pasó a denominarse: "Registro de Usuarios de Semillas”.
 
Además, la resolución establece que a partir de la campaña 2016/2017, los usuarios de semilla de trigo deberán presentar una declaración jurada con información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada antes del 31 de agosto de cada campaña y otra declaración jurada con información sobre la semilla reservada en trigo antes del 31 de enero siguiente.
 
La información detallada anteriormente deberá informarse cuando el monto de la facturación anual sea superior a tres (3) veces el monto correspondiente a la categoría más alta de monotributista, independientemente de si se encuentran inscriptos o no en el régimen de monotributo.
 
Una vez realizadas las declaraciones juradas correspondientes el Instituto Nacional de Semillas entregará al productor el Certificado de Semilla de Trigo de Uso Propio, con el cual se deberá rotular los envases de la semilla de trigo de uso propio.
 
Esta modalidad de declaraciones juradas de semilla utilizada y reservada ya comenzó a ser implementada para la soja en el corriente año.
 
La Resolución 3342/2012 de AFIP establece como plazo para la presentación de la producción obtenida de cultivos de gruesa en la campaña 2015/2016 el 31 de agosto del corriente año. Deben informarse los kilos cosechados de maíz, soja y girasol y la localidad donde se obtuvo cada cereal.
 
Declaración Jurada de Soja
 
El 31 de agosto se deberá hacer la presentación de la Declaración Jurada sobre la cantidad de semilla de soja reservada para uso propio, establecida en la Resolución Nº 187/15 del Instituto Nacional de Semillas. El vencimiento establecido era el 30 de Junio pero la Resolución 203/16 del Instituto prorrogó el plazo por única vez.
 
A su vez, los usuarios de semilla de trigo deberán presentar una declaración jurada con información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada antes del 31 de agosto. La información detallada anteriormente deberá informarse cuando el monto de la facturación anual sea superior a tres (3) veces el monto correspondiente a la categoría más alta de monotributista, independientemente de si se encuentran inscriptos o no en el régimen de monotributo.
 
Medio de comunicación
Agrofy News

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