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Regulaciones. Uso de fitosanitarios

El ABC de las aplicaciones seguras

Distintos actores vinculados al manejo de fitosanitarios elaboraron un documento que servirá de base para regular las aplicaciones en áreas perirurbanas. Recomendaciones básicas para cada uno de los sectores que intervienen. 
Por Daniel Valerio.- Frente al “ruido” que genera el uso de productos fitosanitarios para agricultura en las poblaciones cercanas a las zonas rurales y a la disparidad de criterios regulatorios entre distintos municipios y provincias, los sectores públicos y privados ligados al tema se juntaron en una mesa y lograron consensuar un documento que sirve como base para la legislación sobre las aplicaciones en las áreas cercanas a las ciudades.
Con un fuerte basamento técnico científico aportado por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), se determinó que -cumpliendo con una serie de pautas- las distancias sugeridas son de 100 metros para las aplicaciones terrestres y de 200 metros para las aéreas. El documento también señala que esas distancias se podrán reducir a partir de la evaluación que realice el profesional actuante, en consideración a la tecnología disponible, las condiciones climáticas y el producto fitosanitario empleado.
Los representantes de los distintos sectores comenzaron a reunirse a principios de 2013 y luego de 9 meses quedó finalizado el trabajo que denominaron “Pautas sobre Aplicaciones de Productos Fitosanitarios en Áreas Periurbanas”, y que fue distribuido por el Ministerio de Agricultura de la Nación a las distintas provincias.
El objetivo es contar un soporte técnico a la hora de definir las zonas de amortiguamiento o buffer para que sea considerado por las autoridades competentes de cada jurisdicción al momento de reglamentar las tareas de aplicación de productos fitosanitarios.
Las distancias mencionadas surgieron luego de considerar lo expuesto por los distintos integrantes de la mesa de trabajo y están basadas en las Buenas Prácticas Fitosanitarias, los antecedentes internacionales y nacionales en la materia, sumado a conceptos agronómicos básicos como condiciones climáticas, propiedades físicas y químicas de los productos utilizados, seguridad e higiene, aptitud, toxicología y recomendaciones específicas sobre equipos y accesorios.
 
¿Qué es una zona buffer o de amortiguamiento?
Una zona buffer, también conocida como zona de amortiguamiento, está pensada como la superficie adyacente a determinadas áreas de protección que por su naturaleza y ubicación  requiere un tratamiento especial para garantizar la conservación del espacio protegido, sin dificultar las actividades que en ellas se desarrollan. La instalación de zonas de amortiguamiento es una de las soluciones propuestas para minimizar la posibilidad de contaminación de zonas sensibles a los fitosanitarios. Los trabajos existentes muestran que las primeras permiten limitar el transporte de agroquímicos hacia estas últimas.
 
Las fuentes
Las recomendaciones para la aplicación de productos fitosanitarios en áreas periurbanas fueron  consensuadas por un grupo de trabajo conformado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos (MAGyA) de la provincia de Córdoba, la Comisión Federal Fitosanitaria (CFF), la Asociación Argentina de Consorcios Regionales de Experimentación Agrícola (AACREA), la Asociación Argentina de Productores en Siembra Directa (AAPRESID), la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE), la Cámara de la Industria Argentina de Fertilizantes y Agroquímicos (CIAFA), el Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica (CPIA), la Federación Argentina de la Ingeniería Agronómica (FADIA), la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas (FeArCA) y la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos Aires (FAUBA).
 

 
Recuadro
Qué debe hacer cada parte involucrada
 
Además de establecer recomendaciones sobre las distancias que se deben respetar para la aplicación de fitosanitarios, el trabajo definió las funciones de cada uno de los actores involucrados en el manejo de estos productos.
 
  1. Municipios y/o comunas
- Delimitar las áreas urbanas y rurales mediante diferentes recursos, para definir las zonas periurbanas. Asimismo, proveer mapas de catastro con las zonas fehacientemente definidas.
- Monitorear las condiciones meteorológicas en el momento de la aplicación (mediante estaciones meteorológicas, sensores remotos, etc.), así como la calidad de las mismas (profesionales contratados al efecto y/o monitoreo remoto).
- Fomentar la plantación de cortinas forestales para la protección del casco urbano.
 
  1. Autoridades (e instituciones) provinciales y nacionales
- Llevar los registros actualizados de todos los actores del sistema.
- Habilitar y verificar todos los equipos de aplicación, de acuerdo con un protocolo/manual/procedimiento oficial.
- Expedir al asesor fitosanitario y al operador/aplicador de los equipos el carnet habilitante.
- Capacitar a todos los actores de la ley principalmente a los que tienen un contacto directo con los productos fitosanitarios.
- Controlar y fiscalizar a todos los actores involucrados en el manejo y uso de productos fitosanitarios.
 
  1. Productores
- Contar con el asesoramiento de un Ingeniero Agrónomo matriculado y habilitado.
- Exigir las recetas de compra y de aplicación al asesor profesional.
- Contratar siempre equipos (terrestres o aéreos) y personal debidamente habilitados para realizar las aplicaciones.
- Informar de la aplicación con la antelación necesaria (48 horas), tanto a las autoridades (municipio o comuna) como a otros productores que pudieran ser afectados, en todos los casos en áreas periurbanas y en áreas rurales donde haya casos sensibles (escuelas rurales, tambos, apiarios, etc.)
- Almacenar los envases vacíos con triple lavado previo e inutilizados en depósito acondicionado para tal fin.
 
  1. Ingenieros agrónomos (asesores técnicos)
- Realizar un diagnóstico y monitoreo fitosanitario del cultivo.
- Emitir la receta de compra y aplicación.
- Planificar la aplicación, en función de las distancias a zonas sensibles o pobladas, para evitar posibles situaciones de contaminación y/o perjuicios sobre la salud humana y animal.
- Considerar las ventanas de aplicación, tomando en consideración el estado del cultivo, el desarrollo de la plaga, la tecnología de aplicación, la velocidad aparente y dirección del viento, humedad relativa, temperatura e inversión térmica, de forma tal de minimizar los riesgos.
- Decidir la aplicación sobre la base del umbral de daño económico y/u otros criterios técnicos aceptados; nunca efectuar tratamientos preventivos o sin la presencia de plaga.
- Optar por los fitosanitarios de menor riesgo eco- toxicológico y adecuándolo a la situación particular.
- Extender las recetas de compra y aplicación para cada situación en particular. En éstas, se precisan numerosos aspectos de la problemática fitosanitaria a resolver: cultivo, adversidad, producto, formulación, dosis, momento de aplicación, tiempo de carencia y restricciones de uso. Asimismo, incluye recomendaciones sobre la aplicación en sí: equipo, aspersores, número y tamaño de gotas, uniformidad de distribución, ventana del tratamiento para la aplicación definida en el párrafo número 11. Además, la receta es un documento que, llegado el caso, permitiría evaluar la recomendación en la cual se indicó la aplicación del producto.
 
5- Aplicadores
- Inscribir y realizar una revisión técnica de sus equipos de aplicación terrestres y aéreos, al menos cada dos años.
- Utilizar sólo productos fitosanitarios debidamente registrados para el cultivo objeto de la protección.
- Asegurar el buen funcionamiento del equipo, su limpieza.
- Disponer de equipos con tecnología de aplicación acorde a las características del cultivo y de la región de trabajo (FADIA), a fin de reducir la posible deriva (pastillas antideriva o asistidas por aire, aditivos específicos, túnel de viento, etc.).
- Seguir las indicaciones de la receta agronómica para realizar la aplicación.
- Realizar el triple lavado o lavado a presión y volcar ese líquido de enjuague en el tanque del equipo para descontaminar los envases vacíos de productos fitosanitarios e inutilizarlos, minimizando los riesgos.
- En caso de existir un remanente de caldo en el tanque, el mismo debe ser aplicado en el cultivo objeto de tratamiento, en lo posible lo más alejado de las zonas sensibles. Alternativamente en caso de disponer de sistemas de degradación, se podrán utilizar los mismos para el tratamiento del remanente.
- Realizar cursos de capacitación periódicos y obligatorios para su habilitación.
 
6- Colegios de Ingenieros Agrónomos
- Promover un registro de los ingenieros agrónomos capacitados en tecnologías de aplicación, en aquellos distritos cuyas leyes provinciales no los contemplen.
- Capacitar periódicamente a los profesionales para que se habiliten ante la autoridad de aplicación como Asesores Fitosanitarios.
 
Medio de comunicación
Federación de Acopiadores

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